337 manifestó que dicha parte no demostró ni intentó probar que el monto en cuestión resultara excesivo o le impidiera ejercer su derecho de defensa en sede provincial.
En cuanto al fondo del asunto, tras criticar la conducta reticente del contribuyente, que obligó a la Dirección General de Rentas a inspeccionario y a determinar de oficio el gravamen, dijo que el dictado de la ley 8.293 pretendió el desarrollo y progreso de la población de Entre Ríos, acompañando el avance del resto de la Nación. Agregó que persigue que los recursos obtenidos en la provincia sean reinvertidos en ella, beneficiando a quienes los generaron y que si el banco actor hubiera cumplido con los fines cooperativos de su objeto social, seguramente el monto del tributo reclamado sería menor o, inclusive, no habría nada que abonar.
Destacó que el bien jurídico que la norma pretende tutelar es el equilibrio financiero de la provincia, incentivando la reinversión de los fondos que allí fueron captados.
Negó que el tributo erija una aduana interior, como asimismo que pudiera ocasionar un efecto confiscatorio en el patrimonio o en la renta de la institución actora.
Asimismo, afirmó que al no haber superposición con el impuesto a la ganancia mínima presunta, la gabela en crisis respeta los compromisos asumidos por la provincia al adherir a la ley federal de coparticipación.
V-
Según lo pienso, VE. sigue siendo competente para entender en estas actuaciones, tal como fue dictaminado por este Ministerio Público a fs. 383, y decidido por V.E. en su sentencia de fs. 404/409, considerando?".
VI-
Liminarmente, corresponde señalar que la pretensión de la actora se encuentra dirigida a dilucidar el estado de falta de certeza en que se encuentra frente al impuesto creado por la ley local 8.293, denominado "a la capacidad económica prestable" generada con recursos locales y no utilizada en el territorio provincial, por el período comprendido entre septiembre del 2000 y agosto del 2005, ambos incluidos.
Al respecto, no es ocioso recordar que la declaración de certeza, en tanto no tenga carácter simplemente consultivo, no importe una
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:238
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