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Fallos: 337:1245 de la CSJN Argentina - Año: 2014

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NOVIEMBRE

BRUNO, HORACIO ANGEL y OTROS c/ SANTA FE,

PROVINCIA DE s/ ACCIÓN DECLARATIVA
PESCA
Corresponde a la competencia originaria de la Corte la acción tendiente a que se declare la inconstitucionalidad de los arts. 7° y 8° de la ley 12.703 de la Provincia de Santa Fe, que prohíbe la captura de toda especie de peces de río durante los meses de noviembre, diciembre y enero de cada año y hacer lugar a la medida cautelar solicitada ordenando la suspensión de los efectos de dichos artículos, el primero en tanto comprometa cupos de exportación de pesca proveniente de otras jurisdicciones y que hubieran ingresado legalmente a la Provincia de Santa Fe en virtud de las actividades autorizadas a la parte actora (art. 37 y concordantes de la ley 12.212).

Los jueces Lorenzetti y Maqueda, en disidencia parcial, consideraron que correspondía rechazar la medida cautelar solicitada-.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

Bruno Horacio Ángel, con el resto de los firmantes del escrito de inicio, en su carácter de acopiadores de pescados de río, deducen la acción del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , contra la Provincia de Santa Fe, a fin de obtener que se declare la inconstitucionalidad de los arts. 7" y 8" de la ley local 12.703 que prohíbe la captura de toda especie de peces de río durante los meses de noviembre, diciembre y enero de cada año.

Cuestionan el art. 7° en cuanto establece que "...la asignación de cupos a la exportación de pescado de río en los establecimientos radicados en jurisdicción provincial, serán complementarios o sustitutivos

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1245 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-337/pagina-1245

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