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Fallos: 336:730 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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730 336
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, dec de 5 de 2015 Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la defensa de Ana María Fernández (F.67.XLIX) y por el Defensor Oficial de B. F. A. (F.74.XLIX) en las causas "Fernández, Ana María s/ causa n° 17.156", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1) Que la Sala III de la Cámara Federal de Casaciór Penal, al rechazar el recurso de la especialidad interpuesto por el letrado defensor de la imputada Ana María Fernández, dejé firme el pronunciamiento del Tribunal Oral en lo Criminal n° 24, que había denegado la petición acerca de que la nombrada cumpliera la pena de prisión que se le impusiera en autos bajo lz modalidad de arresto domiciliario.

Contra aquella decisión tanto la defensa como el funcionario designado ad hoc por la Defensora General para actuar en representación del hijo menor de Fernández, dedujeron sendos recursos extraordinarios, cuyas respectivas denegatorias dieror lugar a las presentes quejas.

2) Que en el recurso extraordinario, bajo la invocación de la doctrina de la arbitrariedad, la defensa alegó que, al denegarse la solicitud, en el voto de la mayoría se realizé una interpretación restrictiva de la previsión contenida en el art. 32 inc. £ de la ley 24.660 (texto según ley 26.472), que se tradujo en una suerte de excepción inmotivada de lo que, segúr entiende, resulta ser una regla para aplicar la prisión domiciliaria, que no condice con el espíritu de dicha norma.

En ese sentido sostuvo que en el fallo se acuerda un poder discrecional a los jueces para establecer excepciones a la prisión domiciliaria, soslayando que la reforma introducida por la ley 26.472 en lo que atañe al artículo 32 inc. f ha sido inspirada en el principio de interés superior consagrado en el art.

3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que forma parte del bloque constitucional de conformidad con lo establecido en el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, todo lo cual tuvo como consecuencia una restricción injustificada de derechos

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:730 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-730

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