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Fallos: 336:623 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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336 623
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Les, 4 de assi de 7013.

Buenos Aires, Vistos los autos: "Mercado Muñoz, Iris s/ extradición".

Considerando:

1) Que, contra la resolución del juez a cargo del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 1 de Mendoza que declaró procedente la extradición de Iris Mercado Muñoz a la República de Chile para ser sometida a juicio por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes (conf. fs. 477 según fundamentos obrantes a fs. 523/526), interpuso recurso de apelación ordinaria la defensa de la requerida (fs. 528/538) que, concedido a fs. 539, fue fundado en esta instancia (fs. 548/563). A su turno, el señor Procurador Fiscal propuso confirmar la deciaración de procedencia (fs. 565/571).

2) Que la mayoría de los agravios en que se sustenta la apelación constituyen —en lo sustancial— mera reiteración de los que ya fueron ventilados en el trámite de extradición, debidamente considerados por el a quo de forma ajustada a derecho y al tratado aplicable que rige la entrega, sin que la parte se hiciera cargo en esta instancia de tales razones tal como surge, sin necesidad de entrar en mayores consideraciones, si se confronta el tenor de las cuestiones presentadas en el escrito de fs. 548/563 con los términos de la resolución apelada.

3) Que, en cuanto a los restantes, esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador Fiscal a cuyos fundamentos y conclusiones remite, en lo pertinente, por razones de brevedad para desestimar la apelación interpuesta.

4) Que, sin perjuicio de lo cual, razones de equidad y justicia que reconocen sustento en las normas del derecho internacional de los derechos humanos que obligan a ambos países, aconsejan que el juez de la causa ponga en conocimiento del país

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:623 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-623

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