336 Sol Por ello, se declara inadmisible el recurso extraordinario.
Notifíquese y remitas; 7 CARLOS 5. FAYT ELENALHICHTON de NoLaSCO y vi
DA
ENRIQUE S PETRACCHI
y DISI-//Cdad 7 .
pur Air ed ML
E. RAUL ZAFFARON)
CARMEN M. ARGÍBAY
//-DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E, RAÚL ZAFFARONI Considerando:
Que a juicio del Tribunal y con arreglo a lo dispuesto en el art. 33, inc. a, ap. 5 de la ley 24,946, corresponde dar intervención a la señora Procuradora General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión que, como de naturaleza federal, se invoca en el recurso esta Corte. Notifíquese.
Ue
DÁ E, RAUL ZAFFARONI
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:561
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