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Fallos: 336:1895 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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336 1895 Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de ¡la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados o que sean incorporados en el futuro a la Cons-titución Nacional", "..i) La participación de los medios de comunicación como formadores de sujetos, de actores sociales y de diferentes modos de comprensión de la vida y del mundo, con pluralidad de puntos de vista y debate pleno de ideas"; "..k) El desarrollo equilibrado de una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas que integran la Nación"; "1) La administración del espectro radioeléctrico en base a criterios democráticos y republicanos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en su acceso por medio de las asignaciones respectivas".

Este es el contexto normativo en el que deberán examinarse las previsiones cuya constitucionalidad se cuestiona.

5") Que con particular referencia al artículo 45 de la ley 26.522, cabe precisar que el legislador, bajo el rótulo de "Multiplicidad de licencias", ideó un esquema de restricciones a la concentración de licencias en el ámbito nacional y en el local, cuya finalidad fue expresamente consignada en la norma: "(.)garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local(..)".

Así, en el orden nacional, la norma dispuso en su apartado 1 que cada persona de existencia visible o ideal podrá ser titular o tener participación en sociedades titulares de licencias de servicios de radiodifusión, sujeto a los siguientes lámites:

a) Una (1) licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital. La titularidad de una licencia de ser-vicios de comunicación audiovisual satelital por suscripción excluye la posibilidad de ser titular de cualquier otro tipo de licencias de servicios de comunicación audiovisual.

Cf. En este sentido, el profuso contenido de la nota a los artículos 2 y 3 de la ley.

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1895 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1895

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