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RESOLUCIONES ()
1. Disponer un reajuste en las cuotas correspondientes a los afiliados extraordinarios de la OSPIN y en los montos mínimos establecidos para los afiliados adherentes, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2013. -N? 11-.
2. Disponer un reajuste en las cuotas correspondientes a los afiliados extraordinarios de la OSPIN y en los montos mínimos establecidos para los afiliados adherentes, con vigencia a partir del 1 de junio de 2013. -N° 1305-.
°) Los documentos de la lista precedente se encuentran disponibles en el sitio web www.
csjn.gov.ar — Administración General — Resoluciones.
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:18
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