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Fallos: 336:1270 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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1270 336 de la persona reclamada podrá ser denegada, salvo que el Estado Requirente otorgue garantías de que la pena de muerte no será impuesta, o de ser impuesta, no será ejecutada" (artículo 6). De tal forma, como se puede advertir de la lectura del párrafo que resalto, el instrumento precisa quién debe contraer el compromiso: el Estado Reguirente; y no es otro que la misión diplomática el órgano que representa al Estado Requirente ante el Estado receptor del pedido (artículo 31.3.c de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, UN treaty series vol. 1155, p. 331; ley 19865 y artículo 3.1.a de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, UN meaty series vol. 500, p. 95; dee. ley 7672/63).

De allí que la tacha propuesta por la defensa al compromiso internacional, sea inadmisible.

En nada modifica este criterio el precedente de la Corte Europea de Derechos Humanos puesto que la situación que allí se plantea es sustancialmente diferente.

Según se relata en el caso, para obtener la extradición de Soering, el fiscal interviniente formuló una declaración jurada "en su condición de fiscal [artorrey] del Condado de Bedford" según la cual "en el caso en que Jens Soering fuera condenado a la pena capital por los cargos en el Condado de Bedford, Virginia... se formalizaría una presentación en el nombre del Reino Unido [el Estado requerido] ante los jueces sentenciantes haciéndoles saber que es la voluntad del Reino Unido que la pena de muerte no sea impuesta o llevada a cabo".

Y si bien se acompañó a esta declaración una nota diplomática en la que el Gobierno de los Estados Unidos aseguraba que lo prometido por el fiscal estadual sería respetado (ECHR "Soering vs UK" -Ap. N° 14038/88-, pto 20), en ese caso a lo único que se obligó el Estado requirente fue a anoticiar a los jueces que el Estado requerido no aprobaba la imposición de la pena capital. Es más, tal como se señala en la sentencia, el fiscal tenía intenciones de pedir en el juicio la pena

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1270 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1270

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