ESTADO NACIONAL (PREFECTURA NAVAL ARGENTINA)
c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ USUCAPIÓN
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE SUPREMA.
Corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema la causa en que el Estado Nacional -Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Prefectura Naval demanda por usucapión contra la Provincia de Buenos Aires, respecto del inmueble ubicado en el Partido de Tigre, ya que en tanto el primero tiene derecho al fuero federal según lo dispuesto en el art. 116 de la Ley Fundamental, a la provincia demandada le concierne aquella competencia de conformidad con el art. 117 de la Constitución Nacional, con lo cual se convierte en la única que concilia ambas prerrogativas jurisdiccionales.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
El Estado Nacional — Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos — Prefectura Naval Argentina, deduce demanda por usucapión contra la Provincia de Buenos Aires, respecto del inmueble ubicado en el Partido de Tigre de esa provincia.
Señala que dicho predio se encuentra identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Parcela sin catastrar y que ha iniciado los trámites correspondientes a efectos de obtener la visación del plano de mensura confeccionado por el agrimensor Nelson Omar Palumbo, pero ésta ha sido denegada en virtud de que la demandada sostiene que el inmueble pertenece a su dominio público por accesión aluvional.
Funda su derecho en los arts. 4015, 4016 y concordantes del Código Civil y en las leyes nacionales 14.159 de Catastro Nacional y Prescripción Adquisitiva de Inmuebles y 20.396 de Regularización de Títulos Jurídicos.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:450
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