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Fallos: 335:301 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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Por ello, en virtud de los fundamentos expuestos en la presente, se confirma la sentencia apelad Con costas. Notifíquese y dev ase.

RICARDO LUIS LORENZETT! 7 7
ELENA L HIGHTON de NOLASCO
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La
ENRIQUE 5. PETRACCHI
Nat Funes mart 19-11 A JUAN CARLOS MAQUEDA

CARMEN M.
//-T0 DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLOS S. FAYT Y
DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Considerando:

1) que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal al revocar la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación en cuanto fue materia de agravios por la actora, dejó sin efecto la determinación de oficio practicada por la AFIP respecto del impuesto a las ganancias correspondiente a los períodos fiscales 1993 y 1994. Contra tal

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:301 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-301

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