ponde requerir de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala I, que se expida dentro de la mayor brevedad posible respecto de las cuestiones debatidas en autos y que se encuentran sometidas a su conocimiento. Notifíquese, hágase saber al tribunal a quo y devuélvase.
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E. RAUL ZAFFARONI
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Considerando:
Que el infrascripto concuerda con el voto de la mayoría, con excepción de lo expresado en el considerando 14 y de
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2632
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