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Fallos: 335:2155 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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—IV-

El recurso extraordinario interpuesto es formalmente admisible en tanto controvierte la inteligencia que el tribunal apelado ha dado alas cláusulas constitucionales que protegen la libertad de expresión arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional) y la decisión ha sido contraria al derecho que el demandado fundó en ellas (art. 14, inc. 3 de la ley 48).

Al respecto, cabe recordar que V.E. tiene dicho que cuando se encuentra en discusión el alcance que cabe asignar a un precepto de derecho federal, el Tribunal no se encuentra limitado en su decisión por los argumentos de las partes o del a quo, sino que le incumbe realizar una declaración sobre el punto disputado (Fallos: 310:2200 ; 322:1754 ; 330:2286 , entre muchos otros).

—V-

Sentado lo expuesto, cabe precisar que existen en el caso dos conflictos de derechos, pues el derecho a la libertad de expresión, en que apoyó su posición el demandado, se enfrenta, por un lado, al derecho al honor e identidad, y, por el otro, al derecho a la intimidad, los cuales han sido invocados como afectados por el actor.

Con respecto a la libertad de expresión, V.E. ha declarado en forma reiterada el lugar eminente que ella tiene en un régimen republicano.

En este sentido, se ha dicho desde antiguo que "...entre las libertades que la Constitución Nacional consagra, la de prensa es una de las que posee mayor entidad, al extremo de que sin su debido resguardo existiría tan sólo una democracia desmedrada o puramente nominal..." (Fallos:

248:291 ; 315:1943 y 321:2250 ).

Sin embargo, ha reconocido que, el derecho a la libre expresión no es absoluto y, bajo ciertas circunstancias, no ampara a quienes cometen ilícitos civiles en perjuicio de la honra y la reputación de terceros Fallos: 308:789 ; 310:508 ).

En efecto, ello resulta de manera expresa del texto de algunos de los instrumentos internacionales del art. 75, inc. 22 de la Ley Suprema, que cuentan con jerarquía constitucional, en cuanto aluden al derecho que tiene toda persona a la protección de la ley contra los ataques o

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2155 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2155

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