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Fallos: 335:1416 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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— HI Opino, entonces, que corresponde declarar la nulidad de las actuaciones realizadas sin la participación de la licenciada Morón, incluso la sentencia de fs. 272/282 y devolver las autos al tribunal de origen para que le dé el trámite de ley. Buenos Aires, 12 de julio de 2011.

Laura M. Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 31 ele ye de 242.

Autos y Vistos:

Atento a lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara la nulidad de las actuaciones realizadas sin la participación de la Lic. Silvia Susana Morón, incluso la sentencia de fs. 272/282 vta., y se devuelven los autos al tribunal de origen para que le dé el trámite de ley. Notifíquese y remítase.

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RICARDO LUIS LORENZETA Z

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JUAN CARLOS MAQI TZ
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1416 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1416

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