14) Que, habida cuenta de que los agravios vinculados con el carácter de figura pública de Leopoldo Jorge Melo sólo ponen de manifiesto meras discrepancias con lo resuelto por los jueces de la causa, a los efectos de examinar la aplicación de la doctrina de la real malicia, y dado el marcado carácter de interés público que el recurrente pretende atribuir a la información publicada, corresponde analizar sise está ante el caso de un particular involucrado en asuntos de interés público.
Que a tal efecto, cabe señalar que el demandado se limitó a sostener que la información publicada sobre su fallecimiento tuvo relación con la investigación acerca de la creación, fundación y crecimiento del diario Ambito Financiero como un medio gráfico de comunicación social de reconocida circulación, tiraje y alcance nacional.
Que empero, aun cuando se admitiera que ese contexto presentaba un interés público o general, no se advierte cuál es la conexión que el supuesto suicidio de Leopoldo Jorge Melo pudo tener con dicho contexto. En efecto, la parte demandada puso de relieve que el libro "trató sobre la historia y las particularidades de cuatro empresarios que acumularon un patrimonio importante en los últimos años. Así, describió el nacimiento y crecimiento de las empresas y grupos pertenecientes a Julio Ramos" y otros tres empresarios. Añadió que el objetivo consistía en "poner en conocimiento del público las características personales relevantes de estos empresarios, sus orígenes y la forma en que lograron desarrollar sus empresas hasta alcanzar una considerable fortuna". Y puntualizó que los cuatro empresarios "elegidos por Majul para este libro son de interés público, en virtud de la importancia y trascendencia de sus emprendimientos empresariales. Sin embargo, la historia del desarrollo económico de Julio Ramos reviste particular interés público, por la naturaleza de su actividad empresarial. En efecto, su crecimiento económico y empresarial se llevo a cabo a través de la creación y el desarrollo del diario Ambito Financiero, de público y notorio conocimiento". Y agregó que "existe un evidente interés público en conocer la vida y las relaciones de personas como Ramos, que día a día influyen en la ciudadanía a través de un medio de comunicación" ver su contestación de demanda, en especial fs. 33 vta. y 39 vta. del expediente principal).
Que por otro lado, el periodista Marcelo Claudio Dimango, quien colaboró con el demandado en el libro aquí involucrado, afirmó que el objeto de dicho libro era investigar periodísticamente a cuatro
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Año: 2011, CSJN Fallos: 334:1751
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