Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 333:366 de la CSJN Argentina - Año: 2010

Anterior ... | Siguiente ...

333 Y.94, L.XI, "Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. (YPF) c/ Tucumán, Provincia de s/ acción declarativa de certeza", del 9 de febrero de 2007 y P.2012, L.XL, "Petrobras Energía S.A. c/ Chaco, Provincia de s/ acción declarativa", del día de la fecha, cuyos fundamentos doy por reproducidos en cuanto fueren aplicables al sub lite.

Por lo tanto, en caso de considerarse que, de la prueba producida, el instrumento que se pretende gravar carece del insalvable requisito de la autosuficiencia, corresponde hacer lugar a la demanda. Buenos Aires, 15 de agosto de 2007. Laura M. Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Año del Bicentenario Buenos Aires, 13 de abril de 2010.

Vistos los autos: "Petrobras Energía S.A. c/ Mendoza, Provincia de s/ acción declarativa", de los que Resulta:

DA fs. 226/269 Petrolera Santa Fe S.R.L. —actualmente absorbida por Petrobras Energía S.A.—, en su calidad de sucesora de Home Oil International (Argentina) S.A., inicia la presente acción declarativa en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra la Provincia de Mendoza, con el objeto de que el Tribunal declare que la carta oferta de compra de petróleo crudo del 9 de septiembre de 1997, dirigida por YPF S.A. a Home Oil International (Argentina) S.A., no se encuentra alcanzada por el impuesto de sellos provincial en razón de no haberse formalizado a su respecto aceptaciones instrumentadas; o que no puede resultar gravada por la legislación provincial por contrariar normas federales. En subsidio, requiere que esta Corte se expida acerca de la necesidad de que la Dirección General de Rentas provincial ajuste su pretensión en base a la verdadera manifestación de riqueza.

Expone que el 11 de marzo de 2003, el Fisco local la intimó al pago dela deuda en las mismas condiciones concedidas a la referida empresa co-contratante. Con posterioridad, dice, tomó conocimiento de la existencia de un acta-acuerdo celebrada entre YPF S.A. y la Provincia de

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

101

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2010, CSJN Fallos: 333:366 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-366

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 333 Volumen: 1 en el número: 366 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos