judicialmente determinada su inconstitucionalidad (33 Cal.4th p. 1069, 1120). La mayoría de la Corte también concluyó que aproximadamente 4.000 matrimonios celebrados en San Francisco eran nulos y sin efectos legales (id.p. 1069, 1071, 1114.). Aclaró, sin embargo, que lo decidido no juzgaba sobre la regularidad de la limitación legal (id. p 1069; id. p 1125 [conc. opn. Moreno, J.]; id. p. 1132-1133 [conc. y dis. opn. Kennard, d.]). En votos separados, los jueces Kennard y Werdegar estimaron que la validez de los matrimonios ya celebrados debería prolongarse hasta tanto se resolviera la cuestión de constitucionalidad (33 Cal.4th p 1131-1133 [conc. y dis. opn. Kennard, J.]; id. p 1133-1136 [conc. y dis.
opn. Werdegar, J.]).
Hago aquí un paréntesis para señalar que de este precedente se sirvieron los jueces del Estado de Nueva York. En efecto, con la carátula "Matter of Robert Hebel v.Jason West" (index N" 04-0642, e index N" 04-1915), se abrieron dos procesos ante la Corte del Condado de Ulster. Uno, contra el alcalde de la Villa de New Paltz, quien había celebrado matrimonios homosexuales sin las pertinentes licencias, por entender que la cualificación heterosexual es inconstitucional. El juez Michael Kavanagh JSC dispuso el cése de dicha conducta (7/6/2004), mas otros funcionarios continuaron con la línea del alcalde, lo cual dio origen a una segunda demanda, donde se requirió la nulidad de las nupcias así celebradas y una prohibición que abarcara a la totalidad de los oficiales de la localidad. Esta última acción también prosperó, aunque parcialmente, puesto que la nulidad no se había sustanciado con las parejas eventualmente afectadas (30/11/2004). En segunda instancia, la División Apelaciones de la Suprema Corte (3° Departamento Judicial), con voto del juez Lahtinen, confirmó la medida, sin entrar a considerar el ajuste constitucional de la Domestic Relations Law, que juzgó un asunto ajeno. En cambio, aceptó la legitimación de los actores en orden al gran interés público del conflicto, pues los oficiales estarían modificando a su arbitrio una ley sin la debida intervención legislativa, y hurtando las potestades judiciales en el control de constitucionalidad 27/10/2005, reg. 97432/97433; v. asimismo 4 Misc. 3d 605, 780 NYS 2d. 723 NY Just. Cit [2004]).
Volviendo al caso californiano, cabe aclarar que el asunto de fondo se ventiló en seis causas acumuladas (conocidas como "Marriage cases" Coordinated Proceedings, Special Title [Rule 1550(c)], No. 4365, 2005 WI 5833129 [Cal. Super. Ct., Mar. 14, 20051); declarándose en primera instancia, la inconstitucionalidad del régimen (Superior Court, tenta
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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1578
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