FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Ares, 11 de noviembre de 2008.
Vistos los autos: "López, Juan Carlos c/ ANSeS s/ reajustes varios".
Considerando:
19) Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el de la instancia anterior que había ordenado la determinación del haber inicial y su posterior movilidad según las pautas que señaló, el actor y la ANSeS dedujeron sendos recursos ordinarios de apelación, que fueron concedidos en los términos del art. 19 de la ley 24.463.
27) Que las objeciones del titular vinculadas con el método de cálculo del primer haber de la prestación y con la movilidad establecida hasta marzo de 1995, suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los precedentes "Monzo" (Fallos:
329:3211 ) y "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833), respectivamente, por lo que deberá estarse a lo allí resuelto.
37) Que los agravios del demandante atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa "Badaro" (Fallos: 329:3089 y 330:4866 ), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado.
49) Que las críticas dirigidas a obtener la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 55 de la ley 18.037 y 9 de la ley 24.463 carecen de fundamento, pues la parte no ha logrado demostrar el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podría haberle ocasionado, por lo que la objeción planteada aparece sustentada en un agravio hipotético y es prematura (conf. causa "Panizza", Fallos: 326:216 ).
5) Que los planteos vinculados con la tasa pasiva de interés y con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en las
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:2540
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