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Fallos: 331:2480 de la CSJN Argentina - Año: 2008

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Tribunal de origen: Sala 3 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 11.


ORIGENES AFJP S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL pr INGRESOS

PUBLICOS - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
APORTES PREVISIONALES.
Cabe dejar sin efecto la sentencia que desestimó el recurso de apelación intentado por la actora, frente a la determinación de deuda labrada por la AFIP —en concepto de aportes y contribuciones a la seguridad social-, sosteniendo que la póliza de seguro de caución acompañada carecía de idoneidad suficiente a los fines de garantizar el interés fiscal comprometido, pues el a quo no dio fundamentos concretos que posibiliten su descalificación, obviando que dicha póliza cubría el total del monto reclamado por el organismo recaudador, razón por la cual el interés fiscal, al momento del dictado de la sentencia atacada, se encontraba garantizado por un medio varias veces aceptado por la Alzada.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


SOLVE ET REPETE.
El principio solve el repete tiene por finalidad asegurar el cobro de los montos determinados como deuda del organismo recaudador y evitar que el contribuyente se insolvente, extremos que en el caso se verificaron con la póliza de caución presentada como garantía del interés fiscal, y no obsta a ello las supuestas deficiencias del documento que alegó el a quo para desestimar el recurso de apelación interpuesto por el actor, pues más allá de que no observó la envergadura económica y financiera de la supuesta deudora para hacer frente al monto reclamado, los jueces se encontraban facultados para dictar las medidas para mejor proveer necesarias a efectos de otorgar una solución, impidiendo que los entes administrativos actúen discrecionalmente.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

El recurso extraordinario deducido contra la sentencia que desestimó el recurso de apelación intentado por la parte actora, frente a la determinación de deuda labrada por la AFIP —en concepto de aportes y contribuciones a la seguridad

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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:2480 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-2480

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