de fs. 93. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.
DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR
MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta presentación directa es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
Por ello, y habiendo dictaminado la señor Procuradora Fiscal, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 93. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.
E. RAÚL ZAFFARONI.
Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional, demandado en autos, representado por Aurora Noemí Lucentini de Martínez.
Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia N" 2 de Mendoza.
CANTERA TIMOTEO S.A. c/ MYBIS SIERRA CHICA S.A. y OTROS
CORTE SUPREMA.
Ante la asunción de los nuevos jueces de la Corte, corresponde que el Tribunal integrado para decidir la causa, decida que quienes sustituyeron a los magistrados que renunciaron cesen en sus cargos por haberse modificado la situación que originó su sustitución, solución que no significa sacar a las partes de sus jueces naturales, sino, por el contrario, someterlas al juzgamiento por las personas que han sido escogidas como magistrados de la Corte Suprema por los poderes cons
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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:1397
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