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Fallos: 330:5159 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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LEY PENAL MAS BENIGNA.
El principio de irretroactividad de la ley penal tiene carácter constitucional, de modo que ésta debe entenderse como aplicable a hechos que tengan lugar sólo después de su vigencia, con excepción de la ley penal más benigna en virtud dela cual debe ser aplicada toda legislación que, con posterioridad a la comisión del delito, disponga la imposición de una pena más leve (Disidencia parcial del Dr.

Ricardo Luis Lorenzetti).

LEY: Interpretación y aplicación.

Lainter pretación de la ley requiere la máxima prudencia, cuidando que la inteligencia que se le asigne no pueda llevar a la pérdida de un derecho, oel excesivo rigor de los razonamientos no desnaturalice el espíritu que ha inspirado su sanción, con lo que el respecto a la voluntad del legislador no requiere la admisión de soluciones notoriamente injustas, incompatibles con el fin común ala tarea legislativa y judicial, de la determinación de principios acertados para la adjudicación del derecho de los litigantes (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).

PRESCRIPCION: Tiempo dela prescripción. Materia penal.

El cómputo de la prescripción debe tomar como punto de partida el último acto procesal al que sele confirió efecto int erruptivo con arreglo ala normativa que se aplicó durante el proceso, pues los nuevos parámetros parainterpretar los actos que interrumpen aquélla -de acuerdo a la nueva legislación—, sólo podrían ser aplicados a partir desu entrada en vigencia y noantes, conservando su virtualidad los actos considerados "secuela de juicio" que se hayan producido con anterioridad a la sanción de la ley 25.990 (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).

PRESCRIPCION: Tiempo dela prescripción. Materia penal.

Aún cuando se aplicara retroactivamente la ley 25.990, debería interpretarse la noción de "acto procesal equivalente" con relación a otros códigos procesales que no contengan la figura de la citación a juicio, así como a otros actos de procedimiento con efectos similares en juicios ya iniciados. Lo contrariosignificaría, en el caso, aplicar una hermenéutica parcial que desnaturalizaría las finalidades del legislador con lesión de los derechos constitucionales de acceso ala jurisdicción por parte de la querellante (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:5159 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-5159

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