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Fallos: 330:456 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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456 TALLOS DE LA CORTE SUPREMA 230 de noviembre de 2003 (Fallos: 326:4616 ), la Corte ha reconocido la justiciabilidad de los enjuiciamientos políticos cuando se alega que en éstos se ha producido una real violación del derecho de defensa, extendiendo de este modo al ámbito nacional la doctrina que, desde el caso "Graffigna Latino" (Fallos: 308:961 ), había adoptado para el enjuiciamiento de magistrados provinciales, aunque también precisó que el recurso extraordinario que lleve el caso a conocimiento de V.E. debe reunir todos los demás requisitos que se exigen para su admisibilidad, que, por otra parte, requieren de un escrutinio muy riguroso, en virtud de la especial prudencia que debe regir toda la actuación judicial en asuntos relativos al juicio político, así como al limitado campo de justiciabilidad que éste contiene.

Más cercano, al contestarse la vista en los recursos de hecho L.

1173 L.XXXIX "Lona, Ricardo s/ pedido de enjuiciamiento. Causa N° 9" Fallos: 327:46 ) y T. 839 L.XXXVIII "Torres Nieto, Mirta Carmen s/su enjuiciamiento", se reiteraron las posiciones antedichas (dictámenes del 20 de noviembre de 2003 y del 23 de febrero de 2005, respectivamente).

Por último, debe destacarse que, según declaró V.E. recientemente en un caso que guarda analogía con el presente, ya que se trató de la destitución de un juez provincial, el alcance limitado de la revisión que compete a la Corte, y la falta de prueba de una concreta violación a la garantía del debido proceso, determina la suerte del recurso extraordinario, puesto que ni la subsunción de los hechos en las causales de destitución ni la apreciación de los extremos fácticos o de derecho que han llevado al jurado a adoptar la remoción e inhabilitación, constituyen materia de pronunciamiento, dado que no se trata de que el órgano judicial constituya un tribunal de alzada y sustituya el criterio de quienes por imperio de la ley están encargados en forma excluyente del juicio de responsabilidad política del magistrado (conf. sentencia del 26 de octubre de 2004, in re "García Collins, Jorge s/ en causa Suprema Corte de Justicia —señor Procurador General doctor De la Cruz, Eduardo Matías— acusa" Fallos: 327:4635 -).

—IV-

Sentado lo anterior y en el marco trazado, en orden a considerar si hubo violación de los derechos constitucionales invocados por el quejo7 Us +-MARZO-300,065 1 20/2/2007, 1755

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:456 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-456

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