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Fallos: 330:4524 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de octubre de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

1) Queafs. 191 el señor representante del Fisco, sostiene que el contenido económico de la pretensión alos efectos fiscales estaría dado, cuanto menos, por el mínimo de la multa de la que -según afirma-la actora hubiera resultado pasible en caso de no deducir la acción e interponer la medida cautelar respectiva. Sobre la base de ello, sdlicita que seintimea la parte actora a completar la tasa de justicia opor tunamente pagada (fs. 1), hasta cubrir la suma de $ 3.000.

2°) Que afs. 194 el Banco Río de la Plata S.A. se expide acerca del dictamen referido y se opone a los fundamentos allí expuestos, en tanto alega que en la causa no se encuentra en juego un mero interés pecuniario, sino que su objeto consiste en dilucidar si resulta aplicable un régimen legal sancionatorio. Pone de manifiesto que no existeinterés o "intención fiscal" por parte de la Provincia de Salta, y que no se hainstruido sumario alguno tendienteala aplicación de las sanciones previstas en el ordenamiento provincial cuestionado.

3) Que en este tipo de acciones el monto del pleito debe resultar de pautas objetivas suficientes, es decir, que de los elementos incor porados al proceso debe surgir de modo indudable que la pretensión tiene un explícito contenido patrimonial, aun cuando no se redame una suma de dinero (arg. Fallos: 323:439 ; 326:3658 ; 327:3585 ; causa Y .16.XXXIX "Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. d/ Tierra del Fueg0, Provincia de s/ acción dedarativa de inconstitucionalidad", pronunciamiento del 3 de mayo de 2007, entreotros).

4°) Que, de conformidad con las constancias de autos, el objeto de la acción deducida por el Banco Ríodela Plata S.A. se limitaba a obtener por parte del Tribunal la declaración de inconstitucionalidad de actos legislativos locales, sin que se pueda extraer de la demanda incoada y de los actos impugnados elementos que permitan afirmar que a través de aquélla se perseguía un resarcimiento económico, oel propósito de neutralizar el actuar dela administración del que surgie

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4524 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-4524

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