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Fallos: 330:2618 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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ción General de Rentas de la demandada, dirigida a la "percepción" del impuesto que estima adeudado, ya que esta actividad sumió a la actora en un "estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance y modalidad de una relación jurídica", entendiéndose por tal a aquella que es "concreta" al momento de dictarse el fallo.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD.
La exigencia del pago previo de lo que constituye el objeto de la discusión —en la forma requerida por el art. 100, primer párrafo in fine, del Código Fiscal de la Provincia de Entre Ríos (decr eto-ley 6505, ratificado por ley 7495, t.o. por decreto 2093/00, todos locales) como condición para interponer el recur so de apelación ante el Ministerio de Hacienda, Economía y Obras Públicas— implicaría desconocer la necesidad de tutela judicial inmediata que tiende a dilucidar el estado de falta de certeza entreel contribuyente que cuestiona la actitud del Estado y este último.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Generalidades.

La competencia originariade la Corte Suprema, que proviene de la Constitución, no puede quedar subordinada al cumplimiento de requisitos exigidos por leyes locales.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


COPARTICIPACION DE IMPUESTOS.
Si las misivas carecen de la autosuficiencia requerida para exigir el cumplimiento delas obligaciones en ella plasmadas, corr esponde declarar que la pretensión dela Provincia de Entre Ríos, de aplicar el impuesto de sellos sobrelas ofertas de compra de suministro y abastecimiento de combustibles, lubricantes y anexos, aceptadas en forma tácita, se encuentra en pugna con disposiciones de la ley 23.548.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|—A fs. 34/60, Petrobras Energía S.A. (anteriormente, Pecom Energía S.A.) promovió demanda declarativa de certeza contra la Provin

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2618 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-2618

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