Considerando:
Que los agravios del recurrente remiten al examen de cuestiones substancialmente análogas a las examinadas y decididas por esta Corte en el pronunciamiento dictado en la fecha en la causa R.1309.XL11 "Rosza, Carlos Alberto y otro s/ recurso de casación", a cuyos fundamentos y conclusiones de los votos mayoritarios de los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda, y del juez Fayt corresponde remitir por razones de brevedad.
Que los jueces Zaffaroni y Argibay remiten a su disidencia en la causa mencionada, que dan íntegramente por reproducida en cuanto a sus consideraciones y conclusión.
Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador General dela Nación y por mayoría se resuelve:
1. Declarar procedente el recurso extraordinario.
2. Revocar parcialmentela sentencia apelada y declarar la inconstitucionalidad de la resolución 76/04 del Consejo de la Magistratura dela Nación.
3. Confirmar la sentencia apelada en cuanto declara la validez de las actuaciones cumplidas por quien se desempeñó como magistrado al amparo del régimen declarado inconstitucional.
4. Mantener en el ejercicio de sus cargos a quienes han sido designados para ejercer la función jurisdiccional en los tribunales que se encuentran vacantes hasta que cesen las razones que originaron su nombramiento o hasta que sean reemplazados, oratificados, mediante un procedimiento constitucionalmente válido que deberá dictarse en el plazo máximo de un año.
Sin costas en atención a la naturaleza de la cuestión debatida.
Notifíquese a las partes. Póngase en conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional, del Congreso de la Nación y del Consejodela Magistratura, y oportunamente, devuélvase.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARLos S.
FAYT — JUAN CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — CARMEN M.
ARGIBAY.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2415
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