resolución 358/05 dictada por el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, que rechazó el planteo de nulidad y revisión de la resolución 4/05 de la Comisión de Administración y Financiera de ese consejo por la que se le había impuesto la sanción de cesantía art. 16, primer párrafo, del decreto 1285/58) comojefe de despacho de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones.
Que la resolución impugnada ha sido dictada por un órgano no jurisdiccional en actuaciones de superintendencia que no constituyen —como regla— el juicio al que serefiere el art. 14 de la ley 48 (Fallos:
308:665 ; 323:672 , entre otros), ni se advierte que por ese medio se vulnere en forma irreparable derecho federal alguno, ya que el presentante omite demostrar que la resolución administrativa no es susceptible derevisión por vía deacción u otrorecurso (Fallos: 308:665 ).
Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARLOs S.
FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLos MAQuEDA — E.
RAÚL ZAFFARONI (en disidencia) — CARMEN M. ArciBaY.
DISIDENCIA DEL SEÑOR
MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI
Considerando:
Que a juicio del Tribunal y con arreglo a lo dispuesto en el art. 33, inc. a, ap. 5 de la ley 24.946, corresponde dar intervención al señor Procurador General de la Nación afin de que dictamine sobre la cuestión que, como de naturaleza federal, se invoca en el recurso anteesta Corte.
Notifíquese y sigan los autos según su estado.
Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese.
E. RAÚL ZAFFARONI.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2322
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