FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de febrero de 2007.
Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 4, al que seleremitirá. Hágase saber al Juzgado de Garantías N ° 1 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLos MAQUEDA — CARMEN M. ARGIBAY.
EDUARDO LEOPOLDO GONZALEZ y Otro JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.
Si lovinculado ala presunta falsificación del documento cuya presentación constituiría estafa procesal, concurre formalmente con este último delito, ambas infracciones deben ser investigadas en el lugar donde fue presentado el pagaré.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
Entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 10, y el Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, se suscitó la presente contienda negativa de competencia en la causa en la que se investiga la denuncia efectuada por Daniela Centurión Arguello.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:208
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