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Fallos: 330:1906 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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Y esto es loque acontece en el sub lite, donde el juez de primer voto tuvo por no esgrimida la hipótesis del artículo 1072 del Código Civil, mientras el restante integrante de la Sala consideró inoficioso pronunciarse tanto respecto de ella, como sobre la referida ala responsabilidad cuasidelictual (fs. 552vta. y 554). | gual observación cabe efectuar con respecto a la constitucionalidad del artículo 39 de la ley N° 24.557, cuestión que el primer vocal trató para declarar su aplicabilidad al caso, pronunciándose por su validez, mientras que el segundo vocal abordó para dedararla abstracta, por entender que los accionantes carecían de legitimidad para reclamar (v. fs. 552vta. y 553vta.).

Lo anotado no implica anticipar criterio sobre la solución que, en definitiva, proceda adoptar sobre el fondo del asunto, sin perjuicio de que me exima de tratar los restantes agravios.

—IV-

Por lo expuesto, pondero que corresponde hacer lugar ala queja, declarar procedente el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia apelada y restituir la causa al tribunal de origen para que, por quien competa, se dicte un nuevo pronunciamiento con ajuste a lo expresado. Buenos Aires, 29 de agosto de 2006. Marta A. Beiró de Goncgalvez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de abril de 2007.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa |nsaurralde, Jorge Raúl y otro c/ Transportes Olivos Sociedad Anónima Comercial Inmobiliaria y Financiera", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante fs. 177/178), a los que remite en razón de brevedad.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1906 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-1906

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