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Fallos: 329:6286 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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ración de la información derivada del informe del Banco Central y la existencia de la causa penal respecto de los créditos prendarios cuyo incumplimiento se atribuye a la actora (Voto del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti): p. 5239.

205. Los agravios deducidos con apoyo en la doctrina de la arbitrariedad de sentencias, al estar referidos a la cuestión federal planteada, quedan comprendidos en ella y deben ser tratados en forma conjunta.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—: ps. 5368, 5944.

206. Si el a quo concedió el recurso exclusivamente en cuanto se halla en tela de juiciola interpretación y aplicación de normas de carácter federal, sin que la interesada haya deducido recurso de queja con respecto a los fundamentos fácticos de la sentencia, la jurisdicción de la Corte Suprema queda limitada a la materia federal debatida.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-: p. 5377.

207. Al haberse sustentado el recurso extraordinario en la inconstitucionalidad de la interpretación y aplicación de los arts. 331 y 332 del Código Procesal Penal de Jujuy y en la doctrina de la arbitrariedad, corresponde considerar en primer término esta última causal, pues de existir no habrá sentencia propiamente dicha.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—: p. 5460.

208. Dado el tiempo transcurrido desde que se iniciaron las actuaciones, y la trascendencia institucional de las cuestiones planteadas, corresponde hacer uso de la facultad que confiere ala Corte Suprema el art. 16, segunda parte, de la ley 48 y decidir sobreel fondo de la causa: p. 5913.


RECURSO ORDINARIO DE APELACION
INDICE SUMARIO
Actos propios: 23. Jubilación por invalidez: 1,2, 10, 11.

Jubilación y pensión: 9, 13.

Cosa juzgada: 6. Jurisprudencia: 6.

Daños y perjuicios: 19, 21. Protección de la seguridad: 21.

Deserción del recurso: 13, 20, 21. Prueba: 6.

Ejecución de sentencia: 4. Puertos: 19. 21.

Extradición: 26. e Sana crítica: 11.

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados: 23. Trabajo insalubre: 3.

Seguridad social 1. Las objeciones respecto de la decisión de or denar el dictado de un nuevo acto administrativo que conceda el beneficio de jubilación por invalidez sólo ponen de manifiesto

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6286 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6286

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