JUPLAST S.A. v. NACION ARGENTINA y AFIP
AMICUS CURIAE.
La intervención de los Amigos del Tribunal autorizada mediante la acordada 28/2004 es un provechoso instrumento destinado, entreotros objetivos, a permitir la participación ciudadana en la administración de justicia en las causas en trámite ante sus estrados y en las que se ventilen asuntos de trascendencia institucional o que resulten de interés público.
AMICUS CURIAE.
La existencia de un interés en que la causa sea resuelta en un determinado sentido, con la finalidad de que se establezca así un precedente aplicable a otros pleitos de análoga naturaleza —iniciados o por promoverse- en los que los presentantes o sus representados sean parte o tengan un interés de carácter pecuniario comprometido en su resultado, determina la improcedencia de su inter vención como Amigos del Tribunal, pues resulta incompatible con la imparcialidad que debe guiar la actuación de éstos.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 31 de octubre de 2006.
Visto el legajo de presentaciones de Amigos del Tribunal correspondiente a los autos: "Juplast S.A d/ Estado Nacional y A.F.I.P. s/ amparo".
Considerando:
1°) Que araíz de la inclusión de la mencionada causa en la página web de esta Corte -dispuesta a los fines previstos en la acordada 14/2006- numerosas personas e instituciones se han presentado invocando el carácter de Amigos del Tribunal. Lalectura de las diversas presentaciones efectuadas imponeformular ciertas precisiones respecto detal figura.
2) Que se trata, como lo señaló esta Corte al autorizar su intervención mediante la acordada 28/2004 (Fallos: 327:2997 ), de un pro
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4590
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