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Fallos: 329:3792 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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329 disuasiva de la obligación de resarcir (Fallos: 319:3085 , voto de los jueces Belluscio y López, considerando 6 ).

28) Que, desde esa perspectiva, puede concluirse que los errores contenidos en los artículos impugnados no superan el nivel de tolerancia que es dable esperar de una persona pública que se ha visto involucrada en graves incidentes que llevaron a su exoneración del Servicio Exterior de la República y a la formación de distintas causas penales —que guardaban una notoria relación con la índdle delas noticias publicadas por el diario-, máxime cuando esos mismos hechos tuvieron una amplia cobertura periodística en medios nacionales y extranjeros antes de la publicación de las notas cuestionadas y los actores no adujeron haber ejercido acciones legales al respecto (conf.

prueba documental agregada a fs. 11/21 dela causa 12.880 caratulada "Mitre, Bartolomé y otra s/ injurias" y dedaración del entonces embajador Antonio Cafiero obrante a fs. 302/303, quien reconoció que el 22 de enero de 1992 había remitido al canciller una carpeta que contenía los recortes de prensa publicados en Chile vinculados con las conductas atribuidas al anterior jefe de misión en ese país).

Por lo expresado y habiendo dictaminado el señor Procurador Fiscal, se declara formalmente admisible el recurso interpuesto y se confirma la sentencia, con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial dela Nación ). Hágase saber, agréguesela queja al principal y, oportunamente, devuélvase.


JUAN CARLOS MAQuEDA — Luis ROgErto RUEDA

DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT
Considerando:

1 ) Que contra el pronunciamiento de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que confirmó el de primera instancia que había rechazado la demanda de daños y perjuicios deducida por el ex embajador Oscar Spinosa Melo y sus hijos Ignacio Pío y Nicolás Jacinto Spinosa Reyes con motivo de la publicación en el diario "La Nación" de dos artículos que consideraron agraviantes por vincular al

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3792 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-3792

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