—IV-
Considero importante destacar que, tal como lo señaló el Juez de Primera Instancia (v. fs. 519), el artículo cuestionado del diario "La Nación", no apunta específicamente al actor, sino que está destinadoa tratar el tema de la designación de numerosos embajadores políticos en el seno de la cancillería, lo que había motivado una importante polémica, y casi al finalizar la nota refiere dos episodios encarnados por embajadores de carrera que se convirtieron en anécdotas permanentes en el Palacio San Martín, mencionando allí a Oscar Spinosa Melo, "vinculado al tráfico de drogas y controvertidas prácticas sexuales". También señalóel juez de grado que el artículono parece poner el acento en los escándalos a que hace referencia, sino en el debido cumplimiento delaley.
Al examinar este artículo a la luz del precedente "Campillay", el a quo advirtió —a mi ver, con razón— que, si bien allí no se denuncia la fuente dela información, pocos días después (el 26 de mayo de 1999) al publicar un reclamo del actor al respecto, la redacción insertó una nota en la que alude a una causa judicial y a cinco sumarios administrativos instruidos por la Cancillería, en los que constarían hechos relativos a ambas actividades. Es decir que la fuente de la información apareció acabadamente señalada poco tiempo después de la primera publicación.
En las fotocopias de actuaciones correspondientes al sumario dispuesto por Resolución Ministerial N 195 del 7/2/92, agregadas a fs. 31/52 de autos, consta que el objeto del mismo consistió en determinar las responsabilidades disciplinarias del entonces embajador Spinosa Melo, por la organización y participación en reuniones calificadas por la prensa como íntimas u orgías, y por la adicción a alguna droga considerada como estupefaciente (v. fs. 31/32). A fs. 35 consta que lostestigos, en sus dichos, son contestes en que de la existencia de dichas reuniones tomaron conocimiento por noticias de la prensa y a fs. 36/38 se mencionan las declaraciones del mucamo de la residencia del Embajador, del chofer del mismo, y del segundo jerárquico en la Embajada de la República de Chile, que dan cuenta de reuniones íntimas y de escapadas nocturnas a cabarets que pueden considerarse como controvertidas prácticas sexuales a las que alude la nota.
El examen de los elementos que precede, acredita, ciertamente, la existencia de la fuente referida por el medio periodístico.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3782
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