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Fallos: 329:2735 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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Demanda interpuesta por Embotelladora del Atlántico S.A., (E.D.A.S.A.) representada por los Dres. Carlos A. de Kemmeter, Pablo C. Ger main (mandato renunciado afs. 306), Mariano C. Ballone, Carlos María Fariña y Gonzalo Manuel Soto.

Por la demandada: (Provincia de San Juan), Dres. Federico Oscar Gutiérrez Evans y Cristina Beatriz Solimei.

PATRICK MARTIN FERRELL v. PROVINCIA be BUENOS AIRES y Otros
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA.
Corresponde rechazar el pedido de caducidad de la instancia si el escrito en que se solicitó la suspensión del trámite de las actuaciones se efectuó no sólo cuando todavía no se había declarado la competencia del Tribunal sino cuando, con pareja incidencia, tampoco se habían reanudado los plazos procesales suspendidos mediante una providencia, firme, dictada ar aíz de un régimen de excepción que debe llenarse por la intervención como parte del Estado Nacional.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de julio de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

1°) Que a fs. 53/55 el Estado Nacional —Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- solicita que se decrete la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones por considerar que desde el 17 de diciembre de 2001 —fecha en que se presentó el escritodefs. 10— hasta el 25 demarzo de 2003 -día en que sesolicitó la suspensión del trámite de las actuaciones— ha transcurrido el plazo previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Corrido el pertinente traslado, afs. 58/59 lo contesta la actora y se opone por las razones que aduce.

2°) Queen el presente caso, si bien desde la presentación del escrito de fs. 10 —al que la codemandada le asigna efectoimpulsorio— hasta

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2735 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-2735

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