Considerando:
1°) Que la defensa de Mario Igualt Pérez interpuso recurso de apelación ordinaria contra la resolución del juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N ° 6 quehizolugar a la extradición de aquél solicitada por la República de Chile fs. 340/346).
2) Que esa resolución fue apelada mediante el presente recurso ordinario con sustento en las causal es oportunamente invocadas en el trámite de extradición y reeditadas en esta instancia, según refiere el recurrenteafs. 452 vta. A ello agregó, en esta sede, la defensa de prescripción de la acción penal según las leyes del país requirente fs. 437/453, en especial fs. 444 vta./446 vta. y 458/461).
3) Que, con carácter previo, cabe aclarar que el pedido de extradición se fundó en el delito reiterado de quiebra fraudulenta con motivo de dos órdenes judiciales de procesamiento. Empero, el país requirente sólo acompañó antecedentes con relación a una de ellas, del 17 de diciembre de 1998. De allí que el trámite debió circunscribirse solamente a esta última librada contra Igualt Pérez por el delito de quiebra fraudulenta en infracción ala causal 16 del art. 220 de la Ley de Quiebras Chilena 18.175 (fs. 18 del legajo que corre por cuerda), en su calidad de administrador de "Intangibles Santa Cruz S.A." fs. 26/30).
4°) Que, sentado ello, esinadmisible el agravio fundado en la omisión de dar intervención al cónsul del país requirente al procederse al arrestodelgualt Pérez en este trámite, en violación a lo dispuesto por el art. 47, párrafo 3° de la ley 24.767 (fs. 438 vta.), toda vez que tal precepto legal se vincula con una modalidad de arresto provisorio da del art. 44, inc. b- ajena a la que se verificó en el sub lite.
5°) Que tampoco surge cuál es la incidencia que pudo tener en el casola alegada inobservancia del decreto 251/90 (fs. 439/440), que regulala cuestión actualmenteregida por el art. 20 dela ley 24.767 cuando la persona requerida poseyera condición de refugiado. Tal como resolvió el juez apelado, no se alegó ni surge de autos que Igualt Pérez esté alcanzado por aquélla situación.
6°) Que sabido es que antela existencia de tratado son sus reglas lasquehan deregir la entrega (art. 2, párrafoprimerodela ley 24.767).
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1422
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