329 rio, debe introducirse en la primera ocasión posible en el curso del proceso, pues tantoel acogimiento como el rechazo de las pretensiones delas partes son eventos previsibles que obligan a su oportuna articulación (Fallos: 291:354 ; 297:285 ; 302:194 y 1081; 303:2091 ; 308:733 ; 312:2340 , entre muchos otros).
Por ser ello así, estimo que dicha cuestión federal, que se pretende someter a conocimiento de la Corte, no puede tener cabida, dado que resulta extemporánea por haber sido tardíamente introducida en el recurso extraordinario, cuando la primera oportunidad posible fue al mejorar los fundamentos del fallo de primera instancia. De modo que la defensa debió, al menos, proponer el casofederal ante la alzada en la ocasión prevista por el artículo 519 del C.P.M.P —ley 2372.
En mérito a tales consideraciones, pienso que el remedio federal ha sido correctamente denegado en estos aspectos.
—IV-
Por todo lo expuesto, soy de la opinión que V.E., haciendo lugar parcialmente a la queja —con respecto al agravio tratado en el punto 1 del acápite | ||- debe admitir formalmente el recurso extraordinario y rechazarlo en cuanto al fondo del asunto. Buenos Aires, 20 de diciembrede 2004. Luis Santiago González Warcalde.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de abril de 2006.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Carlos Gunter Boysen en la causa Cristalux S.A. s/ ley 24.144", para decidir sobr esu procedencia.
Considerando:
Que al casoresulta aplicable, en lo pertinente, la doctrina sentada en Fallos: 321:824 (disidencia del juez Petracchi), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse por razones de brevedad.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1064
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