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Fallos: 328:877 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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—V-

Opino, por tanto, que este proceso debe continuar su trámite ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Santiago del Estero. Buenos Aires, 2 de noviembre de 2004. Ricardo O. Bausset.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de abril de 2005.

Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal subrogante, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Santiago del Estero, al que se le remitirán. Hágase saber al juzgado federal con asiento en la ciudad de Santiago del Estero. .


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO César BELLUSCIO — ANTONIO
BoGGIANo — JUAN CARLos MAQUEDA — ELENA 1. HIGHTON DE NoLasco.


VANINA EDITH LEGUIZA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Inhibitoria: Planteamiento y trámite.

Es presupuesto necesario para una concreta contienda negativa de competencia que los jueces entre quienes se suscita se la atribuyan recíprocamente.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Por el lugar. .

Si los apremios ilegales tuvieron lugar en la unidad donde la denunciante se encuentra detenida, debe investigar el juez federal del lugar donde se llevó a cabo tal delito, pues incumbe a la justicia federal investigar los delitos cometidos

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:877 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-877

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