cuida de las reuniones, manifestó que la decisión estratégica de sus representados era no concurrir a ninguna reunión fuera de los cauces formales del proceso, razón por la cual no se advierte perjuicio alguno para esa parte que pueda reprocharsele al juez acusado.
En definitiva, por todo lo expuesto el cargo examinado no se encuentra probado y en consecuencia se dispone su rechazo. — AUGUSTO CEsar BeLLuscio — Enrique Penro BAsLA — Manuel Justo BALADRÓN — EDUuARDo A. Roca — JorGe ALFREDO AGÚNDEZ — GUILLERMO ERNEstO SAGUÉS — MANUEL A. J. MOREIRA — RAmiRo D. Puvot. Silvina G. Catucci Secretaria General del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación).
V — Sobre el cargo: "C.2) Entrevistas entreimputados y Héctor Pedro Vergéz y Daniel Romero".
El señor Presidente doctor Augusto César Belluscio y los señores miembros doctores Jorge Alfredo Agúndez, Enrique Pedro Basla, Manuel Justo Baladrón, Sergio Adrián Gallia, Manuel Alberto Jesús Moreira, Ramiro Domingo Puyol, Eduardo Alejandro Roca y Guillermo Ernesto Sagués, dicen:
1°) Que se encuentra acreditado que el 24 de enero de 1995, según actuación notarial del secretario del Juzgado Federal N° 9, doctor Velasco, se presentó en dicho juzgado Héctor Pedro Vergéz —capitán retirado del ejército- quien invocando ser parientede Telleldín, solicitó mantener una "conversación" con éste en la Unidad N ° 28 del Servicio Penitenciario Federal, a lo que el juez doctor Galeano hizo lugar ese mismo día (cfr. copia certificada de fs. 8206 de la causa N ° 1156).
Esa visita no pudo concretarse en la fecha indicada, pues como le fue informado por vía telefónica al secretario, en aquella unidad no se permitían entrevistas entre familiares y detenidos por no autorizarlo los reglamentos carcelarios (cfr. fs. 8208 —causa citada—), lo cual era previsibletoda vez que la Unidad N° 28, ubicada en el Palacio de Justicia es de detención transitoria.
2) Quefrentea lafrustrada entrevista, insistió el capitán retirado Vergéz, presentándose el 30 de enero de ese año en el juzgado para solicitar una nueva, pero esta vez, invocando ser "allegado" de Carlos Alberto Telleldín, con lo cual y en razón de que ya había sido autoriza
Compartir
27Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5514
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5514
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 328 Volumen: 4 en el número: 1656 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos