plan urdido por el juez instructor, dado que no consta que las supuestas grabaciones fueran ordenadas o consentidas por el doctor Galeano.
En cuanto a los actos asentados en el expediente, cabe consignar que no surge de los informes y notas suscriptas por los secretarios antes detalladas que allí se hayan asentado falsedades, sino que se trata de relatos, aunque muy sucintos, de hechos que estaban sucediendo en ese momento, como lo fueron las solicitudes de entrevistas del capitán Vergéz, así como las oportunidades en que se efectuaron dichas entrevistas.
CONCLUSIÓN.
7°) Que en definitiva, puede afirmarse que el doctor Galeano, a solicitud del capitán Vergéz, autorizó a que éste entrevistara al imputado Telleldín, en razón de saber que aquél era conocido del padre y con la expectativa de que podría obtener alguna información adicional para la investigación de la causa, como lo ha expresado en su defensa.
8°) Que si bien ha de advertirse en el particular la liviandad con que el juez acusado tomaba los recaudos de verificación de quienes solicitaban entrevistas con el detenido, no puede endilgársele en este caso la vulneración de garantías del imputado por el solo hecho de haberle concedido las visitas a Vergéz, máxime cuando las primeras se efectuaron en la sede del tribunal, por no ser permitidas en la Unidad N ° 28 —ubicada unos pisos más abajo-, y en tales oportunidades nomedió queja o negativa expresa de Telleldín para entrevistarse con Vergéz.
Por loexpuesto, y no habiéndose acreditado que las supuestas grabaciones hayan contado con la anuencia del magistrado, se concluye que el hechoreferido precedentemente, que constituyó el cargoidentificado como "C.2" de la acusación contra el doctor Juan José Galeano, noreúnela gravedad suficiente como para propiciar su destitución. — AUGUSTO CÉsar BeLLuscio — EnNRIQue Penro BAsLA — ManueL Justo
BALADRÓN — EDUARDO A. Roca — JorGE ALFREDO AGÚNDEZ — GUILLERMO
ERNESTO SAGUÉS — RAMIRO D. Puyo. — MANueL A. J. Moreira. Silvina G. Catucci (Secretaria General del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación).
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5516
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