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Fallos: 328:5348 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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sa los doctores Julio E. S. Virgolini y Adrián Maloneay y la Defensora Pública Oficial designada en virtud de lo establecido en el artículo 17 del Reglamento Procesal de este Jurado, doctora Estela Fabiana León.

RESULTA:
|. Que por resolución N ° 6/05, dictada en el expediente 309/02, "Orio, Eduardo D.E. (Consejero) / tit. Juzg. Instrucción N ° 29 —Dr. Juan J.

Mahdjoubian" y sus acumulados expedientes 310/02, "Fiscalía General N° 3 ante la Cám. Nac. De Apel. En lo Crim. Y Correc. s/ remite denuncia"; 318/02, "Goyeneche Argibay, Mariano E. c/ tit. del Juzg. de Instrucción N° 29 —Dr. Mahdjoubian Juan"; 321/02, "Ferreira Zully Raquel d/ titular del Juzgado de Instrucción N ° 29 —Dr. Mahdjoubian Juan" y 52/03, "Vázquez, Guillermo Raúl d/ titular del Juzgado de Instrucción N° 29 Dr. Juan J. Mahdjoubian", el Consejo dela Magistratura decidió acusar al juez a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción (arts. 53 y 114, inc. 5° dela Constitución Nacional y 7, inc. 7°, de laley 24.937, t.0. decreto 816/99) por la causal de mal desempeño de sus funciones, con relación a tres órdenes de hechos: en primer lugar la demora en iniciar un sumario administrativo y la omisión en formalizar la denuncia penal con relación a los hechos que surgen de la edición del programa de televisión "Telenoche Investiga"; en segundo término la omisión de adoptar las medidas pertinentes por el mal trato del secretario Dr. Daniel Mauro hacia empleados, detenidos y profesionales; en tercer término por lasirregularidades que surgen dela tramitación de diversas causas.

En cuanto al primer cargo, sostiene la acusación que el juez acusado, si bien varios días antes de la emisión del programa de Telenoche Investiga tomó conocimiento de un presunto delito de acción pública que tendría relación con una causa tramitada en el juzgado a su cargo, noformalizó la denuncia penal y demoró la instrucción de un sumario administrativo. Destaca que por los dichos del secretario Mauro el magistrado se enteró de que éste se había reunido en su despacho con el Dr. Seyahian y el comisario Cabral por una causa que tramitaba en el juzgado, iniciada por una denuncia presentada por Seyahian ante el Departamento de Defraudaciones y Estafas de la Pdlicía Federal en ocasión en que se hallaba de turno el juzgado de instrucción 29. Que con relación a esa denuncia Mauro había conectado a Seyahian con personal de dicha dependencia para efectuar una investigación privada y que se había realizado una filmación mediante una cámara oculta. Considera que el hecho de que el periodista Otero haya efectuado

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5348 
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