le federal, en tanto contiene el desarrollo de las circunstancias esenciales del proceso, el tema que se pretende someter a la Corte y el agravio que causa la decisión.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
ADUANA: Principios generales.
Corresponde revocar la sentencia que condenó a la Dirección General de Aduanas a pagar los costos de transporte y almacenaje de mercadería de rezago, así comolos correspondientes a la destrucción de otras mercancías, más los gastos administrativos y accesorios si las partes no celebraron ningún contrato, sino que la actora obtuvo un permiso para operar un depósito fiscal, en el cual terceros ajenos a la Aduana depositaban sus mercaderías.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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A fs. 2119/2123 de los autos principales (a cuya foliatura corresponderán las siguientes citas), la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal (Sala 1), al confirmar el fallo de primera instancia, hizo lugar a la demanda que Terminal Murchinson Román S.A. promovió contra la Administración Federal de Ingresos Públicos Dirección General de Aduanas) y, en consecuencia, la condenó a pagar los costos detransporte y almacenaje de mer cadería de rezago, así como los correspondientes ala destrucción de otras mercancías, más los gastos administrativos y accesorios.
Para así decidir, recordó que la actora tenía una habilitación para operar como depósito fiscal y que transfirió su fondo de comercio ala empresa Terminales Río dela Plata, pero como ésta no aceptó hacerse cargo dela mercadería de rezago, con el consentimiento de la Aduana, la trasladó a otros depósitos. En consecuencia, estimó razonable la conclusión del juez de primera instancia referida a que entre las partes existióun contrato de depósito, que se prolongó en el tiempo por la conducta de la propia accionada, respecto del cuidado de esa clase de mercancía.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4606
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