Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, el que asistiría a las provincias y al Estado nacional en la financiación de obras de infraestructura económica y social.
En consecuencia, la ley 24.855 crea el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, con el objeto de asistir alas provincias y al Estado Nacional en la financiación de dichas obras, otorgándole carácter extrapresupuestario (arts. 2,3° y 4").
El art. 7° establece los bienes que integran el patrimonio del Fondo y el 8° determina su destino: la financiación de obras de infraestructura económica y social, nacionales y provinciales.
Su administración es ejercida por un Consejo, compuesto por siete miembros, que tiene la representación del Fondo, siendo su presidenteel representante legal (art. 5° y arts. 1° y 10 del decreto 924/97).
El Consejo de Administración posee facultades para contratar su propio personal, así como de disposición, administración, control, supervisión, ejecución, coordinación y puede efectuar todas las medidas necesarias para el funcionamiento de su estructura y el cumplimiento de los fines para los cuales fue creado el Fondo (arts. 13, 19, 22, del decreto 924/97).
Dicta su propio reglamento interno de funcionamiento, su reglamento operativo y un manual de procedimientos, a losfines de brindar asistencia financiera, y su régimen de contrataciones.
También propone, para su posterior aprobación del Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el presupuesto anual del Fondo, las estimaciones de gastos e inversiones y los planes anuales de acción (art. 14 del decreto 924/97, modificado por decreto 408/03).
Asimismo, tiene capacidad para financiar, para contratar, para endeudarse con las distintas jurisdicciones y con otras entidades (art. 11 y 26 de la ley, decretos 924/9 y 1284/99).
Hasta aquí, no cabe duda de que se trata de un sujeto de derecho público, susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4313
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