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Fallos: 328:3770 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

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El Superior Tribunal de Justicia dela Provincia del Chubut resolvió, por unanimidad, denegar los recursos de casación local impetrados contra la sentencia de la Cámara en lo Criminal de Esquel que condenóa Raúl Alfredo Name y a Dardo Néstor del Pinoalas penas desiete y cinco años de prisión, respectivamente, por el delito de robo agravado por el uso de arma en despoblado y en banda, en calidad de coautor el primero y partícipe necesario el segundo (fojas 72/74 vuelta).

Contra ese pronunciamiento, la defensa técnica del imputado citado en último término, interpuso recurso extraordinario federal (fojas 44/67), cuya denegatoria (fojas 68/70) dio origen a la presente queja fojas 75/90).

— 1. En su alegato, el fiscal de juicio, acudiendo a la garantía del in dubio proreo (artículo 4 del Código Procesal Penal local), se abstuvo de formular acusación y pidióla absolución de Del Pino, ya que si bien existía —a su entender— prueba que loincriminaba, también habíaotra que lo favorecía. No obstante ello, la cámara se apartó del pedido y, aplicando la doctrina de la "irretractabilidad de la acción penal" (artículo 12 ibídem) establecida por el superior tribunal dejusticia, dictó sentencia condenatoria.

Esa decisión condujo a la defensa a plantear en casación la nulidad del pronunciamiento por ausencia de acusación fiscal, invocando para ellolos principios que surgen de la jurisprudencia sentada por el Tribunal en los autos "Tarifeño", "García", "Cattonar", "Ferreyra", "Cáseres", entreotros, por transgresión de las formas sustanciales del juiciorelativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia.

Asimismo, adujo arbitrariedad en el méritodela prueba indiciaria, pues, a su criterio, el fallo condenatorio habría sido dictado en dara violación a las reglas de la sana crítica racional, con razonamientos

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3770 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3770

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