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Fallos: 328:3669 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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NANCY EDITH AGUILAR y OTROS v. PROVINCIA de SANTA CRUZ y Otro JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.

Si resultan demandados la Provincia de Santa Cruz y el Estado Nacional en el reclamo por los daños y perjuicios derivados del deceso de un suboficial de Gendarmería Nacional que murió ahogado al cruzar el río Santa Cruz desempeñando actos de servicio a favor de pobladores de la provincia, la única forma de conciliar lo preceptuado por el art. 117 de la Constitución Nacional respecto de las provincias, con la prerrogativa jurisdiccional que le asiste a la Nación —0 a una entidad nacional— al fuero federal, sobre la base de lo dispuesto en el art. 116 dela Ley Fundamental, es sustanciandola acción en la instancia originaria dela Corte Suprema.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

Nancy Edith Aguilar, por sí y en representación de sus hijos menores de edad —Facundo Yain y Nayla Ayeray Romero-, con domicilioen la Provincia de Santa Cruz, promovió demanda, ante el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 15, con fundamento en los arts. 512,522, 1078, 1079, 1083, 1112, 1113, 1137, 1198 y concordantes del Código Civil, contra el Estado Nacional —Gendarmería Nacional— Secretaría de Seguridad, por los daños y perjuicios derivados del deceso de Eduardo Miguel Romero (Suboficial de Gendarmería Nacional) —esposo y padre de los actores— quien murió ahogado en un accidente cuando cruzaba el río Santa Cruz desempeñando actos de servicio a favor de pobladores de la Provincia de Santa Cruz (fs. 23/30).

A fs. 53/72, el Estado Nacional, al contestar la demanda, solicitó que se cite comoterceroala Provincia de Santa Cruz, por la responsabilidad que le pudiere corresponder a Defensa Civil de ese Estado local, toda vez que Gendarmería Nacional, en el momento de ocurrir el hecho, se encontraba cumpliendo un requerimiento de aquélla.

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3669 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3669

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