Algunos denunciaron haber sido estafados por los abogados encargados de sus casos, que a veces habían sido recomendados por las propias representaciones consulares. La Relatora Especial conversó con reclusos que no habrían tenido ningún contacto con las representaciones consular es de su país en Lima. En el caso de los latinoamericanos y africanos existiría un clamoroso abandono por parte de sus autoridades consulares. La Defensoría habría registrado algunas peticiones de representantes consulares señalando que la Policía Nacional no estaría cumpliendo con lo establecido en el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.
63. De acuerdo con las estimaciones de la Defensoría, casi la mitad de los reclusos y reclusas extranjeros no tienen como lengua materna el español, por lo que durante el cumplimiento de su condena necesitan de la colaboración de otros reclusos en su interrelación con la autoridad penitenciaria, que sólo es posible en español. El uso de reclusos como intérpretes no aseguraba la calidad de la traducción en las declaraciones y las indicaciones de la autoridad. Esta situación afectaría directamente a las apreciaciones de los profesionales del órgano técnico de tratamiento que realizan las evaluaciones obligatorias para conceder los beneficios penitenciarios. Los reclusos y recdusas consideraban que no se estaría garantizando el derecho a un juicio justo a los extranjeros pr ocesados en tribunales peruanos, ya que durante el desarrollo del proceso penal no contarían con los servicios de intérpretes oficiales, impidiéndose así el ejercicio efectivo del derecho de defensa.
La información proporcionada a los reclusos extranjeros sobr e sus derechos y obligaciones estaría disponible sólo en español.
64. Estas denuncias fueron trasladadas por la Relatora Especial a la Viceministra de Justicia, y aquellas recibidas por escrito serán transmitidas al Ministerio de Relaciones Exteriores.
VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
69. A la luz del presente informe, la Relatora Especial invita al Gobierno del Perú a considerar las siguientes conclusiones y recomendaciones:
81.La Relatora Especial quisiera expresar su profunda preocupación por las graves condiciones carcelarias en las que se encuentran los extranjeros en el Perú, que en su opinión violan principios y normas de derechos humanos en la materia.
Es imperativo que se suministren los medicamentos esenciales y prescritos para enfermedades importantes y primeros auxilios, una asistencia letrada eficaz, adecuación del tendido eléctrico de los centros penitenciarios y existencia de extintores en los pabellones. Las representaciones consular es deberían asistir y proteger los derechos de sus connacionales privados de libertad en el Perú y desarrollar programas de asistencia jurídica y conser vación del nexo familiar. Las representaciones consulares también podrían facilitar la obtención de los certificados domiciliarios.
La Relatora Especial agradece al INPE su colaboración durantela visita que permitió la celebración de reuniones a puerta cerrada con grandes grupos de reclusos extranjeros.
14) Que también resulta útil el informe sobrela situación penitenciaria del Perú elaborado por la Comisión Episcopal de Acción Social
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3262
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