cial de Décima Nominación, con sede en la mencionada ciudad, provincia del Chaco.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO César BeLLuscio — CARLos S.
FAYT — JUAN CARLos MAQUEDA — ELENA |. HIGHTON DE NoLasco.
Otros Tribunales intervinientes: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco.
VANESA RAQUEL CRISPI y OTRA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.
La mera circunstancia de que un delito tenga lugar dentro del perímetro reservado exclusivamente al Estado Nacional no atribuye, por sí, competencia al fuero de excepción si aquél no afecta intereses federales ola prestación del servicio del establecimiento nacional.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.
Si la sustracción de sendos bolsos pertenecientes a dos estudiantes de la Facultad de Veterinaria y Agronomía de la Universidad Nacional del Nordeste —que contenían, entreotros objetos, documentación personal— no entorpeció el normal desenvolvimiento dela universidad, ni el buen servicio que prestan sus empleados, corresponde declarar la competencia del juzgado provincial para proseguir con el trámite de las actuaciones.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
Entre los titulares del Juzgado Federal de Primera Instancia, y del Juzgado de Instrucción N ° 4, ambos de la ciudad de Corrientes, provincia homónima, se suscitóla presente contienda negativa de competencia en la causa donde se investiga la sustracción de sendos bolsos pertenecientes a dos estudiantes de la Facultad de Veterinaria y
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3084
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