CESAR JOSE BARBAGELATA
v. GOBIERNO DE La CIUDAD ve BUENOS AIRES JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.
A los efectos de dilucidar las cuestiones de competencia es preciso atender, de modo principal, a la exposición de los hechos que el actor efectúa en la demanda —art.4° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación-, y después, sólo en la medida en que se adecue a ellos, al der echo que invoca como fundamento de su pretensión, así como también a la naturaleza de la relación jurídica entre las partes.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Usufructo.
Si el reclamo consiste en una declaración judicial que establezca que ha desaparecido toda restricción al dominio originada por el derecho real de usufructo sobre una bóveda, resulta competente la justicia civil ya que a los efectos de resolver las cuestiones planteadas resultan aplicables normas y principios propios del derecho privado.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—|—La presente contienda negativa de competencia se origina en la presentación realizada por César José Barbagelata a fin de obtener que se declare que se extinguió la prohibición de exhumar los cuerpos que se encuentran en el interior de la bóveda que adquirió en el cementerio dela Chacarita. Expresa que, al haberse producido el deceso de Jorge Eduardo | nsaurralde, cedente del sepulcro, se canceló el usufructo establecido a su favor, respecto de la conser vación de los restos de su padre, motivo por el cual sdicita que se ordene tomar razón de la nueva situación y se realicen las modificaciones registrales pertinentes (v. fs. 22 y manifestaciones de fs. 94 y 101/102).
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:2811
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