DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La Sala "A" de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, deci dió —por mayoría— rechazar el planteo de nulidad formulado por la defensa y confirmar la sentencia del juez de primera instancia quecondenóa Vicente Salvador Ventura y a Antonio Gregorio Nicolini por el delito de contrabando. Contra ese fallo, la asistencia oficial de Ventura interpuso recurso extraordinario, cuya denegatoria —esuelta también por mayoría— motivó la presentación de esta queja ver fs. 62/67, 68/85, 86 y 87/108).
El recurso se apoya en la afectación de la inviolabilidad del domicilio consagrada por el artículo 18 de la Constitución Nacional, que fue el fundamento del planteo de nulidad rechazado por el a quo, y en la arbitrariedad en la valoración de las pruebas.
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El primer agravio se vincula con el secuestro realizado en la oficina dela calleMaipú 464, piso6 "608" de esta ciudad, el 9 de noviembre de 1984, a las 15.30 horas, durante el cual seincautó una factura emitida por Marcabo S.R.L. a nombre de Convercod S.A. por el traslado de un contenedor (ver copia fs. 10/11 de los autos principales). Esa diligencia fue practicada por personal de la Administración Nacional de Aduanas sin contar con orden de allanamiento.
Tal como surge del acta labrada en esa ocasión, los tres inspectores fueron atendidos por Francisco Eladio Taus, quien manifestó no tener impedimento para que accedieran al lugar. Se dejó constancia que estaban allí otras cuatro personas, entre las que se encontraban Vicente S. Ventura, que dijo estar a cargo de la oficina, y Antonio G.
Nicolini. Al finalizar el procedimiento, todos los presentes ratificaron lo actuado y firmaron.
Es pertinente agregar que en oportunidad de prestar declaración indagatoria en la causa N 934 del Juzgado en lo Penal Económico N 7,SecretaríaN 14, Venturaratificóanteel juez esa diligencia (conf.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:151
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