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Fallos: 327:843 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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CONSUL HONORARIO pr FRANCIA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares.

Para promover la competencia originaria de la Corte en las causas concernientes a delitos perpetrados en perjuicio de los agentes diplomáticos, resulta indispensable que quienes resulten legitimados soliciten formalmente ser tenidos por parte en el proceso.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares.

No es de la competencia originaria de la Corte el sumario iniciado por quien revestiría la calidad de cónsul honorario de la República de Francia, que refiere haber recibido un mensaje conteniendo amenazas, si ningún funcionario de la representación diplomática solicitó formalmente ser tenido por parte en el proceso y no surge de las constancias del expediente que la conducta denunciada hubiera afectado las actividades propias de la legación o la de sus funcionarios.

—Del dictamen de la Procuración General; al que remitió la Corte Suprema—.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Estados extranjeros.

Resultan ajenas a la jurisdicción originaria de la Corte Suprema las causas deducidas contra Estados extranjeros y sus representaciones diplomáticas, desde que éstos no revisten la calidad de aforados (Voto del Dr. Augusto César Belluscio).


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

El magistrado a cargo del Juzgado Federal con asiento en Bariloche, Provincia de Río Negro, declinó la competencia en favor de la originaria de V. E. para entender en la presente causa iniciada con la denuncia formulada por Philippe André Cheminade, quien revestiría la calidad de cónsul honorario de la República de Francia en esa ciudad fs. 11). En ella refiere haber recibido un mensaje, mediante el correo electrónico, conteniendo amenazas dirigidas hacia él y sus familiares, atribuidas a la organización Al Quaeda.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:843 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-843

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