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Fallos: 327:6286 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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2. Si más allá del ligamen jurídico en virtud del cual se relacionaron el accionante y la Obra Social, aquél accedió al sistema de prestaciones generales provistos por la demandada por más de siete años, por lo que hallándose esta última al tanto de la condición médica del actor —portador del virus VIH-SIDA- no puede justificarse que se haya descartado sin, al menos, un abordaje específico, la pretensión de la actora de que se le provean razones que justifiquen el rechazo de su pedido de adhesión a la obra social.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—: p. 5373.

ORDEN PUBLICO .
Ver: Consolidación de deudas, 12, 13; Jurisdicción y competencia, 1, 6; Recurso extraordinario, 233.

ORGANOS COLEGIADOS
Ver: Actos administrativos, 3, 4.

)
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y, POLITICOS
Ver: Constitución Nacional, 12, 13, 35.

PAGO" 1. No puede sostenerse que la aceptación del pago parcial —realizado una vez vencido el plazo del art. 49 del arancel y sin comprender la totalidad del capital e intereses devengados hasta dicha oportunidad importó la liberación del deudor si el accipiens hizo expresa reserva del reclamo y se configuran los presupuestos para admitirlo: p. 5987.

PAGO PARCIAL o Ver: Pago, 1. - PARTES — Ver: Jurisdicción y competencia, 94; Recurso extraordinario, 146.

1) Ver también: Consolidación de deudas, 2, 4; Recurso extraordinario, 27, 95, 101, 140. .

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6286 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-6286

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