DISIDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE -
DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Y DEL SEÑOR MINISTRO
DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI ,
Considerando:
Que el tribunal que dictó la decisión contra la que se dirige el recurso extraordinario no es el tribunal superior según el art. 14 de la ley 48 (conf. doctrina de Fallos: 318:514 y 320:2118 disidencia de los jueces Petracchi y Bossert-).
Por ello, se declara mal concedido el recurso extraordinario interpuesto. Hágase saber y remítase.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — E. RAÚL ZAFFARONI.
DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLos S. FAYT
Considerando:
Que el recurso extraordinario no se dirige contra la resolución dictada por el tribunal superior de la causa (conf. voto del juez Fayt en Fallos: 324:4076 ).
Por ello, se declara mal concedido el recurso extraordinario. Hágase saber y remítase. .
CARLos S. FAYT, ' Recurso extraordinario interpuesto por Jorge Eduardo Varando, representado por los doctores Alejandro Novak y Eugenio Blanco, con el patrocinio de los doctores Oscar Salvi y Gustavo Enrique Gené.
Traslado contestado por Martín Galli y otros, representados por la doctora María del Carmen Verdú, patrocinados por los doctores Liliana N. Mazea y Rodolfo N.
Yanzón.
Traslado contestado por María N. Marino; María M. Arena y Jair Pérez Gorospe, representados por el doctor Víctor Abramovich.
Traslado contestado por Olga Y. Tonina de Benedetto y Pedro Navarrete, patrocinados por la doctora Alicia Pierini.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5473
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