Finalmente, señala que aquel decreto fue dictado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el ejercicio legítimo de las facultades que le confiere el art. 99, inc. 3° de la Ley Fundamental y desarrolla las razones que, en su concepto, avalan su validez.
— II El recurso extraordinario interpuesto es formalmente admisible en cuanto declara la inconstitucionalidad de una norma de naturaleza federal (decreto 1819/02) y la decisión del superior tribunal de la causa —a la que cabe calificar como definitiva— es contraria al derecho que el apelante funda en ellas (art. 14, inc. 3°, de la ley 48).
—IV-
En cuanto al fondo del asunto, por discutirse el contenido y alcance de normas de derecho federal, el Tribunal no se encuentra limitado por los argumentos de las partes o del a quo, sino que le incumbe realizar una declaratoria sobre el punto disputado (doctrina de Fallos: 308:647 , entre muchos otros).
En lo que aquí interesa, conviene recordar que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 1819/02, del 2 de septiembre de 2002, dispuso que, a partir del 1 de enero del año siguiente, las retribuciones del personal del Sector Público Nacional serán íntegramente abonadas sin la reducción ordenada por el decreto 896/01 y la ley 25.453, en moneda de curso legal, al mismo tiempo que estableció "que deberá restituirse mediante la entrega de títulos públicos, en la forma y con las modalidades que indique la Ley de Presupuesto para la Administración Nacional correspondiente al ejercicio fiscal 2003, la totalidad de las sumas que, como consecuencia de la reducción ordenada por el Decreto N° 896 de fecha 11 de julio de 2001 y la Ley N° 25.453, fueron descontadas de las retribuciones del personal del Sector Público Nacional y de los beneficios previsionales desde su vigencia y hasta el 31 de diciembre de 2002. El monto resultante queda comprendido dentro de los conceptos del inciso f) del artículo 2° de la Ley N° 25.152" (art. 12, segundo párrafo).
También dispuso que "el proyecto de Ley de Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, deberá contemplar las previsiones presu
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5322
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